El Ministerio de Obras Públicas buscando agregar eficiencia, modernidad y transparencia a sus procesos, definió una serie de medidas a corto, mediano y largo plazo a incorporar. Dentro de las medidas, con el objetivo de mejorar, la trazabilidad y transparencia de la información e incrementar la certeza en la comunicación para el desarrollo de los contratos, definió la implementación y generalización del uso del Libro de Obras Digital; estableciendo que, a partir del 01 de enero de 2019, todas las obras públicas tendrán la obligación de tener un Libro de Obra Digital.
En sencillo el Libro de Obra Digital es el reemplazo digital del “triplicado manifold” en papel que se usa para consignar las instrucciones y observaciones a la obra. Como tal, es un sistema digital, que permite llevar la gestión de la obra generando folios firmados a través de un computador, tablet o teléfono inteligente. Cada Folio, es firmado utilizando “Firma Electrónica Avanzada”, lo que garantiza, legalmente, que los Folios generados en la plataforma sean inalterables e irrepudiables, dando validez del contenido y la autoría de la firma.
Firma Electrónica Avanzada es una tecnología de seguridad reconocida en Chile legalmente (Ley 19.799) que permite asegurar la identidad (como si fuera un notario) de quien firma un documento electrónico.